Es la probabilidad de adquirir una enfermedad a partir del contacto con material biológico. Se considera factor de riesgo al elemento que puede ser controlado y precede a la exposicion; por lo tanto, hablando de riesgo biologico, precede a la adquisicion de la infeccion. Puede ser el agente, la condición del entorno o la caracteristica individual, que implican la probabilidad de incidencia de una enfermedad o un accidente.
viernes, 29 de noviembre de 2013
DESECHOS CONTAMINADOS CON GÉRMENES PATÓGENOS
En las instituciones de salud, las tareas de atención a las personas accidentadas
o enfermas, regularmente generan desechos que potencialmente
pueden ser vehículos de gérmenes patógenos
como:
Desechos sólidos: Tejidos anatomopatológicos,
gasas, apósitos, bajalenguas, aplicadores, catéteres, venoclisis, algodones, vendajes, mechas, bolsas de coleostomías, sondas, agujas,
tubos
capilares y jeringas de ensayos contaminadas con sangre, equipos, hojas de bisturí,
agujas de sutura,
guantes y ropas
desechables.
Desechos líquidos: sangre,
plasma, cefalorraquídeo, orina,
secreciones, materia fecal.
El personal médico y paramédico ordinariamente reconoce en primera instancia
el factor de riesgo biológico presente;
por ello toman las medidas generales y específicas
de protección en la realización de sus tareas. Pero existen además otras personas
al interior de las instituciones (oficios
varios, lavandería) y al exterior
como trabajadores del servicio de aseo formal,
recicladores, que no saben
o se les dificulta la identificación del riesgo
por la forma como previamente se han manejado
estos desechos.
Depositar los desechos en recipientes recolectores adecuados:
Los
recipientes (canecas),deben ser de materiales rígidos e impermeables con tamaños según el volumen a recolectar,
dotados con tapa que no dificulte el vaciado durante
el momento de la recolección y con un color tal que permita su identificación, acorde a su
contenido, así:
ROJO
material biológico, contaminado, citostáticos y mercurio
NEGRO
desechos anatomopatológicos
VERDE basura común no contaminada
CREMA residuos de alimentos - desperdicios y sobrantes
Al
recipiente se le debe colocar
en el interior una bolsa plástica resistente del mismo color, excepto al recipiente de sobras de alimentos.
viernes, 22 de noviembre de 2013
RESPONSABILIDAD LEGAL
Según elCódigo Sanitario Nacional vigente, lo strabajadores y empleadores tienen respectivamente
las siguientes obligaciones frente a los riesgos biológicos:
Los empleadoresestán obligados a:
•Proporcionar y mantener un ambiente de en adecuadas condiciones de higiene y
seguridad.
•Establecermediosde trabajo con el mínimo deriesgo para la salud.
•Adoptar medidas efectivas para proteger y promover la salud de los trabajadores, mediante
la instalación, operación ymantenimiento,en forma eficiente,delos sistemas y equipos de control necesarios para prevenir enfermedades y accidentes en los lugares de trabajo
Los trabajadores están obligados a:
•Usar y mantener adecuadamente los dispositivos de control de riesgos y equipos
de protección personal, y conservar en orden y aseo los lugares de trabajo.
•Colaborar y participar en la implantación de las medidas de prevención de riesgos
para la salud.
BIOSEGURIDAD
La bioseguridad es el conjunto de normas técnicas integrales de seguridad e
higiene ocupacional, aplicables a los procedimientos y a los ambientes de trabajo, tendientes al control de los factoresde riesgo biológicos y a la prevención de la incidencia de enfermedades
profesionales.
FUENTES Y VIAS DE TRASMISION
La fuente de los factores de riesgo biológicos puede ser:
Endógena: cuando proviene de las secreciones o la flora propia de la persona.
Exógena: cuando el factor deriesgo biológico proviene del exterior, es decir, se encuentra
en el entorno (tierra, agua, aire, flora), en los alimentos, en los equipos y materiales,
enlas basuras y en otras personas o animales colonizados o infectados.
VIAS DE TRANSMISIÓN
La vía de transmisión es el mecanismo medianteel cual el germen viaja y logra ingresar
alhospedero (hombre o animal) susceptible de contagio. Algunas vías de ingreso son la
respiratoria, la digestiva, la dérmica,la percutánea y la ocular. Losmecanismos mediante los cuales el germen viaja o ingresa al hospedero pueden ser:
viernes, 15 de noviembre de 2013
MEDIDAS HIGIENICAS
En todas las actividades con riesgo por agentes biológicos será necesario:
• Prohibir que los trabajadores coman, beban o fumen en las zonas de trabajo en las que exista dicho riesgo.
• Proveer de ropas de protección apropiadas o especiales.
• Disponer de retretes y cuartos de aseo, que incluyan productos para la limpieza ocular y antisépticos para la piel.
• Disponer de lugar adecuado para almacén de los equipos de protección y verificar su limpieza y buen funcionamiento.
• Especificar los procedimientos de obtención, manipulación y procesamiento de muestras de origen humano o animal
REDUCCION DE RIESGOS
•Establecimiento de procedimientos de trabajo adecuados y utilizaciónde medidas técnicas apropiadas para evitar o minimizar la liberación de agentes biológicos en el lugar de trabajo.
• Reducción, al mínimo posible, del numero de trabajadores que estén o puedan estar expuestos.
• Adopción de medidas seguras para la recepción, manipulación y transporte de los agentes biológicos dentro del lugar de trabajo.
• Adopción de medidas de protección colectiva o, en su defecto, de protección individual, cuando la exposición no pueda evitarse por otros medios.
• Utilización de medios seguros para la recogida, almacenamiento y evacuación de residuos por los trabajadores, incluido el uso de recipientes seguros e identificables, previo tratamiento adecuado si
fuese necesario.
• Utilización de medidas de higiene que eviten o dificulten la dispersión del agente biológico fuera del lugar de trabajo.
• Utilización de una señal de peligro especifica y de otras señales de advertencia.
• Planes frente a la accidentabilidad por agentes biológicos viernes, 8 de noviembre de 2013
Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo
REAL DECRETO 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores
contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales,
determina el cuerpobásico de garantías y responsabilidades preciso, para establecer
un adecuado nivel de protecciónde la salud de los trabajadores frente a los
riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en elmarco de una política coherente,
coordinada y eficaz. Según el Artículo 6 de la misma serán lasnormas reglamentarias
las que irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas
preventivas
determina el cuerpobásico de garantías y responsabilidades preciso, para establecer
un adecuado nivel de protecciónde la salud de los trabajadores frente a los
riesgos derivados de las condiciones de trabajo, en elmarco de una política coherente,
coordinada y eficaz. Según el Artículo 6 de la misma serán lasnormas reglamentarias
las que irán fijando y concretando los aspectos más técnicos de las medidas
preventivas
Suscribirse a:
Entradas (Atom)